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martes, 13 de octubre de 2015

Bases para el sorteo de cotos del 2016. DOG.

13 Octubre 2015
CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2015, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se fijan las normas de los sorteos y de la venta de permisos de pesca en cotos para la temporada 2016.
Según lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, los sorteos de permisos de pesca en cotos se realizarán en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza, según la normativa que fije la Dirección General de Conservación de la Naturaleza para cada temporada.
De conformidad con lo anterior, las normas de los sorteos de permisos de pesca en cotos para la temporada 2016 serán las siguientes:

1. Número de sorteos.
En cada Servicio de Conservación de la Naturaleza se realizarán dos sorteos:
– Sorteo de salmón: incluirá los permisos de cotos de salmón, incluso los de pesca sin muerte en cotos de salmón.
– Sorteo de trucha: incluirá los permisos de trucha, de reo, de pesca intensiva y aquellos de pesca sin muerte no incluidos en el sorteo anterior.

2. Calendario.
Inicio del período de presentación de solicitudes: al día siguiente de la publicación de esta resolución en el DOG, a las 9.00 horas.
Límite de presentación de solicitudes: 7 de noviembre de 2015, a las 14.00 horas.
Publicación de las listas de admitidos: 13 de noviembre de 2015.
Período de reclamaciones: del 14 al 25 de noviembre de 2015.
Fecha de sorteo: 10 de diciembre de 2015, a las 12.00 horas.
Elección: las fechas y horas de las sucesivas rondas de elección serán notificadas a cada participante y publicadas en el tablón de anuncios de cada Servicio Provincial de Conservación de la Naturaleza y en la página web: https://www.xunta.es:444/pescafluvial/ .

3. Tipos de solicitudes.
Para cada sorteo se podrán presentar solicitudes individuales o en grupo, con un máximo de tres solicitantes por grupo.
Las solicitudes podrán ser telemáticas o por escrito.
Quien participe sólo podrá figurar en una solicitud para cada uno de los sorteos.

4. Presentación de las solicitudes.
Las solicitudes telemáticas se presentarán por medio de una aplicación informática disponible en la página web: https://www.xunta.es:444/pescafluvial/ .
Los impresos de solicitud escrita estarán disponibles en la página web:
https://www.xunta.es:444/pescafluvial/ o en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza.
En la admisión de solicitudes se aplicarán las siguientes normas:
4.1. Solicitudes telemáticas.
Para formular la solicitud será necesario introducir el número de DNI y el de la licencia de pesca fluvial, la vigente o cualquier otra de años anteriores. Para solicitudes en grupo será preciso introducir tanto los números de DNI como los de las licencias de la totalidad de participantes.
La dirección para notificaciones relacionadas con el sorteo será la que figura en la licencia del solicitante principal; no obstante, podrá modificarse esta dirección en la propia página web durante el registro de la solicitud. Asimismo, quien así lo indique podrá sustituir las notificaciones en papel por notificaciones mediante correo electrónico y, opcionalmente, SMS.
Cada participante podrá acceder a todas sus notificaciones en formato descargable e imprimible a través de la página web: https://www.xunta.es:444/pescafluvial/ .
4.2. Solicitudes por escrito.
Se presentarán en los registros de las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras o mediante cualquiera de los procedimientos descritos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Tanto en las solicitudes individuales como en las solicitudes en grupo deberá figurar la firma de cada solicitante.
4.3. Duplicidad de solicitudes en un mismo sorteo.
El acceso a las solicitudes telemáticas quedará bloqueado una vez que el solicitante ya conste en una primera solicitud.
En el caso de que un mismo DNI conste en una solicitud telemática y en una solicitud escrita, se anulará la solicitud telemática.
En el caso de que un mismo DNI conste en varias solicitudes escritas, se anularán las más antiguas, prevaleciendo siempre la última fecha de registro de entrada.
En el caso de solicitudes en grupo, las anulaciones afectarán únicamente a aquellos DNI repetidos.
No se considerarán duplicidades cuando las solicitudes presentadas tengan por objeto diferentes sorteos.
Cualquier manipulación que se detecte en las solicitudes con ánimo de variar el resultado del sorteo o de participar con más posibilidades que los otros solicitantes supondrá la anulación de todas las solicitudes presentadas en todos los sorteos.

5. Consulta de la admisión de solicitudes y reclamaciones.
Las solicitudes admitidas, después de su introducción en la aplicación informática, podrán ser consultadas en la página web: https://www.xunta.es:444/pescafluvial/ y en el tablón de anuncios de cada servicio provincial de Conservación de la Naturaleza. Para acceder a la consulta telemática únicamente será preciso introducir el número de DNI.
Las reclamaciones se podrán hacer directamente a través de la página web:
https://www.xunta.es:444/pescafluvial/ o bien por escrito. En el caso de presentación
telemática, será preciso identificarse introduciendo el número de DNI.

6. Realización de los sorteos.
Para cada sorteo las solicitudes se numerarán correlativamente, comenzando por el 1, según el orden de entrada en la aplicación informática.
Los sorteos serán públicos. Cada sorteo se realizará con tres o cuatro bombos, según sea preciso por el número de solicitudes presentadas, correspondiendo, cada uno de ellos, a las unidades, decenas, centenas y unidades de millar. En cada bombo se introducirán diez números, del 0 al 9, excepto en el que corresponda a las unidades de millar, en el que únicamente se introducirán los números necesarios para cubrir los miles de solicitudes presentadas. Se sacará un número completo formado por tres o cuatro bolas, según proceda. En el caso de que el número constituido por las bolas exceda del que corresponda a la última solicitud presentada, se procederá a sortear de nuevo, devolviendo las bolas a los correspondientes bombos y repitiendo la operación.
La solicitud que se corresponda con el número extraído será la primera en elegir y se continuará la elección por orden correlativo hasta finalizar la lista y seguir a partir del 1.
Los sorteos tendrán lugar en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza en la fecha y hora antes indicadas.

7. Resultados de los sorteos.
Los resultados de los sorteos podrán consultarse en la página web:
https://www.xunta.es:444/pescafluvial/. Para acceder a la consulta será preciso introducir el número de DNI.
Asimismo, a cada solicitante se le notificará el día y el rango horario en el que podrá escoger los permisos. En el caso de solicitudes en grupo, sólo recibirá la notificación quien figure en primer lugar.

8. Elección de permisos.
Para la elección de permisos de trucha y reo, los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza establecerán grupos de permisos de pesca. Para los permisos de salmón habrá un solo grupo en cada provincia. La lista de los grupos será expuesta en el tablón de anuncios de cada servicio provincial y en la página web: https://www.xunta.es:444/pescafluvial/. Junto con las notificaciones de los resultados de los sorteos se remitirá una copia de esta lista.
A la hora de escoger, cada solicitante sólo podrá seleccionar dos permisos de cada grupo, de los cuales sólo uno podrá corresponder a un sábado, domingo o festivo. En los sorteos de salmón sólo se podrá escoger un permiso.
En la página web: https://www.xunta.es:444/pescafluvial/ podrá consultarse en tiempo real el número de permisos disponibles en cada coto y para cada jornada de pesca.
La elección podrá realizarse por cualquiera de los siguientes medios:
8.1. Directamente en la página web: https://www.xunta.es:444/pescafluvial/ en la fecha y rango horario que se señalen en la notificación.
Para acceder a este servicio se deberá introducir el número de DNI y una clave suministrada a tal efecto junto con la notificación del resultado de los sorteos. El usuario podrá realizar comprobaciones y reservas previas antes de su turno, e incluso grabar los datos de la reserva, pero sólo se podrá confirmar una reserva previa dentro de la fecha y el rango horario asignados al solicitante, existiendo la posibilidad de cambiar los permisos que ya no estén disponibles.
Finalizado el rango horario sin haberse producido la elección, el usuario no tendrá disponible el servicio web durante los rangos horarios asignados a otros participantes. Completados los turnos de elección del día, y hasta las 8.00 horas del día siguiente, cualquier usuario que no escogiese en su turno podrá escoger de entre los permisos disponibles en cada momento hasta la finalización del período de elección de la primera venta, que se indicará en la notificación del sorteo.
8.2. Mediante llamada telefónica al número que se indique en la notificación, en la cual también se señalarán la fecha y rango horario en el que deberá realizarse esta llamada.
Una vez confirmada una reserva por cualquiera de los medios previstos, no podrá modificarse por el solicitante.

9. Segunda venta de permisos.
Una vez finalizada la elección, los permisos sobrantes y aquellos no retirados en los plazos fijados serán incluidos en un segundo proceso de elección. Este procedimiento será únicamente a través de la página web: https://www.xunta.es:444/pescafluvial/, con los mismos requisitos de acceso que anteriormente. El servicio de reserva por internet estará disponible ininterrumpidamente para todos los participantes en el sorteo a partir de la fecha y hora de inicio.
Junto con la notificación de los resultados del sorteo se facilitará la fecha previa en la que se expondrán en la página web indicada el total de los permisos disponibles para esta segunda elección y que deberá ser, al menos, tres días antes del comienzo de la elección.
Las normas, en cuanto a los grupos de cotos y al número de permisos por grupo, serán las mismas que en la primera elección.

10. Venta libre.
Los permisos no escogidos y aquellos no retirados en los plazos fijados serán puestos a la venta a través de internet y en los centros de venta regulados en el artículo 35 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales. Para la venta a través de internet se reservará como mínimo el 50 % de los permisos sobrantes en cada coto y para cada jornada de pesca.
En la venta libre sólo se podrá adquirir un permiso diario.

11. Ventas libres colectivas.
En la fase de venta libre, los permisos de un coto concreto en una jornada concreta podrán ser adquiridos por colectivos interesados en la organización de algún evento relacionado con la pesca. La entidad interesada presentará una solicitud ante el Servicio Provincial de Conservación de la Naturaleza, acompañada de la documentación que identifique al colectivo solicitante. En el plazo que fije el citado servicio se realizará un pago único de la totalidad de permisos solicitados. Previamente a la expedición de los permisos, se le comunicarán al servicio provincial los datos de identificación de cada una de las personas titulares de los permisos.

12. Expedición de permisos.
En el plazo de 5 días naturales, contados desde la fecha de la elección, los permisos seleccionados deberán ser pagados en una entidad bancaria o telemáticamente.
Se podrá efectuar el pago telemáticamente mediante tarjeta de crédito en la página web, mediante el documento de ingreso telemático presencial (modelo 739) en una oficina bancaria o por cualquier otra de las modalidades disponibles en los servicios web de la Consellería de Hacienda.
El permiso se emitirá y podrá imprimirse en la aplicación informática desde el momento en que se introduzca en la reserva previa el código N.R.C. justificativo de haber realizado el pago.
Cada participante podrá acceder a todos sus permisos en formato descargable e imprimible a través de la página web: https://www.xunta.es:444/pescafluvial/ .
Para el pago mediante impreso de liquidación en las oficinas bancarias autorizadas, en cada servicio provincial de Conservación de la Naturaleza se facilitarán los modelos necesarios. También se podrá conseguir en la página web: http://www.conselleriadefacenda.es el formulario «Modelo L. Prezos públicos/privados da Comunidade Autónoma de Galicia. Liquidación». Los impresos también podrán confeccionarse siguiendo las instrucciones que figuran en la página web: https://www.xunta.es:444/pescafluvial/ .
Según lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, los permisos de pesca tienen carácter personal e intransferible; cada titular de permisos debe realizar el pago individualmente, incluso en los casos de solicitudes en grupo y con la única excepción de las ventas libres colectivas.
En los casos en que no se retiren los permisos personal ni telemáticamente, el pago deberá acreditarse, dentro del mismo plazo de 5 días naturales establecido en el párrafo primero de este apartado 12, remitiendo por fax al servicio provincial la copia para la Administración del impreso de liquidación debidamente formalizado. También será posible hacerlo mediante correo electrónico escaneando la copia citada del impreso de liquidación y remitiéndola al correo electrónico, que se indicará en la carta de notificación del resultado del sorteo. En estos casos, los permisos serán remitidos por correo a la dirección que conste en la solicitud.

13. Otras normas.
La normativa de funcionamiento de los cotos será la que establezca la orden anual que regulará los períodos hábiles de pesca y normas relacionadas con ella en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 2016. Los permisos serán otorgados con esta condición y sin que los posibles cambios en la normativa puedan dar lugar a cambios de permisos, salvo en el caso concreto de que se prohíba la práctica de la pesca en la fecha o en el coto obtenido.
Una vez expedido un permiso no se podrá anular ni transferir a otra persona, ni obtener el reintegro de su importe, salvo en el caso previsto en el párrafo anterior. En todo caso, cuando proceda el reintegro del importe, será preciso presentar una solicitud escrita a la que se adjuntará una copia del impreso de pago en el que figuren los datos del titular del permiso.
Santiago de Compostela, 2 de octubre de 2015
Verónica Tellado Barcia
Directora general de Conservación de la Naturaleza

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