Este año por lo salido en prensa el pulpo estara vedado del 17 de mayo a 2 de julio ambos incluidos,
https://www.lavozdegalicia.es/noticia/maritima/2019/05/14/polbo-gallego-fresco-julio/0003_201905G14P33993.htm
estaremos atentos al DOG para ver la normativa que aun no ha sido publicada.
Todas las especies que se acercan a la superficie son pescables a mosca solo es cuestión de saber el tiempo que quieres dedicarle y dar con la mosca adecuada. santinitas@gmail.com
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miércoles, 15 de mayo de 2019
domingo, 17 de marzo de 2019
Arranque de temporada 2019.
Me cuesta recordar un arranque de temporada tan bueno.
Ayer a la tarde me fui dar una visual al rió y pintaba bien la cosa pero tras las lluvias de esta noche no las tenia todas conmigo y aun encima cuando salí de casa había niebla en el valle.
Tras cambiarme y al bajar al rió bajaban con un poquitin más de agua y con un puntillo de color que solo se notaba en zonas de más fondo.
Empecé con siempre a principios de temporada con tándem de trico de corzo talludito y ahogada de tul con dubing sintético amarillo y tul azul oscuro, algunas picadas fallidas a la ahogada en los primeros metros, algunas fueron entrando y al final de la mañana fueron diez truchas y un reo fuera de talla, todas entraron a la ahoga.
La valoración es que hacia tiempo que no tenia un arranque de temporada tan bueno, varios ataques y once piezas en plica, las lluvias de esta noche tras unos días de buen tiempo seguro que han contribuido a que estubieran más activas.
Unas fotos de como bajaba el rió de vuelta a casa.
Ayer a la tarde me fui dar una visual al rió y pintaba bien la cosa pero tras las lluvias de esta noche no las tenia todas conmigo y aun encima cuando salí de casa había niebla en el valle.
Tras cambiarme y al bajar al rió bajaban con un poquitin más de agua y con un puntillo de color que solo se notaba en zonas de más fondo.
Empecé con siempre a principios de temporada con tándem de trico de corzo talludito y ahogada de tul con dubing sintético amarillo y tul azul oscuro, algunas picadas fallidas a la ahogada en los primeros metros, algunas fueron entrando y al final de la mañana fueron diez truchas y un reo fuera de talla, todas entraron a la ahoga.
La valoración es que hacia tiempo que no tenia un arranque de temporada tan bueno, varios ataques y once piezas en plica, las lluvias de esta noche tras unos días de buen tiempo seguro que han contribuido a que estubieran más activas.
Unas fotos de como bajaba el rió de vuelta a casa.
jueves, 7 de febrero de 2019
Normativa pesca fluvial Galicia . Doga 6 febrero 2019.
Normativa pesca fluvial Galicia . Doga 6 febrero 2019.
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2019/20190206/AnuncioG0532-290119-0001_es.html
En resumen.
SALMON: TALLAS>>40cms y en el Eo 45cms
DIAS>>a) Cotos de A Pontenova (lotes 1, 2 y 3), Betanzos, Celeiro, A Frieira, Pontevea, Salmeán, Santeles, Sinde y Ximonde: del 1 de mayo al 31 de julio. Podrá adelantarse el final de la temporada en función de los cupos de captura que se establecen más adelante. En los cotos del río Ulla antes señalados, después del final de la temporada de salmón únicamente se expedirán permisos de pesca sin muerte.
b) Coto de Monteporreiro: del 1 de mayo al 30 de junio. Finalizada la temporada de salmón no se expedirá ningún otro tipo de permisos.
c) Cotos del río Eo compartidos con Asturias (lotes 4 y 5 de A Pontenova, lotes 2 y 3 de San Tirso y lotes 4 a 9 de Abres; en lo sucesivo, río Eo compartido): del 1 de mayo al 15 de julio.
CUPOS>> 1 POR PESCADOR/DIA
5 ejemplares en el río Lérez,
5 en el río Mandeo,
15 en el río Masma,
8 en el río Miño,
10 en el coto de Salmeán
50 en el río Ulla.
REO: TALLAS>> 35cms en el Eo 25cms
DIAS>> a) Cotos de Betanzos, Celeiro (lotes 2 y 3), Noia, Noval, Ombre, Padrón, Ponte Arnelas, A Ponte do Porto, Ribeiras, Segade, Traba, Viveiro (lotes 2 y 3) y Xuvia: del 1 de mayo al 30 de septiembre. En el coto de Ponte Arnelas, a partir del 31 de agosto únicamente se expedirán permisos de pesca sin muerte.
b) Coto de Lambre: del 1 de mayo al 15 de septiembre.
c) Río Eo compartido: del 19 de mayo al 15 de agosto.
d) Zonas de desembocadura no se autoriza la captura del reo.
e) Otras masas de agua: del 1 de mayo al 31 de julio
CUPO>> 2 POR PESCADOR /DIA
En el río Eo compartido, la dimensión mínima es de 25 cm y el cupo de captura es de 8 reos o truchas por persona y jornada.
TRUCHA:
DIAS>> a) Masas de agua salmoneras del anexo III de esta orden, excepto río Eo compartido: del 1 de mayo al 31 de julio.
b) Río Eo compartido: del 19 de mayo al 15 de agosto.
c) Masas de agua de reo del anexo IV de esta orden: del 1 de mayo al 31 de julio.
d) Cabeceras de los ríos de montaña del anexo V de esta orden: del 1 de mayo al 31 de julio.
e) Cotos de pesca intensiva: del 17 de marzo al 30 de septiembre.
f) Otras masas de agua: del 17 de marzo al 31 de julio.
g) Zonas de desembocadura (anexo del Decreto 282/2002): no se autoriza la captura de la trucha común.
h) En los cotos con convenio con una entidad colaboradora, se prolongará la temporada de pesca hasta el 30 de septiembre en la modalidad de pesca sin muerte en los términos recogidos en el artículo 16 de esta orden.
CUPO Y TALLAS>>
a) A los efectos de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de pesca fluvial y en el 71 de su reglamento, se fija una dimensión mínima de 19 cm con carácter general, sin perjuicio de las normas específicas que se establecen en este mismo artículo para determinadas masas de agua.
Cupo máximo de captura por persona y jornada: 6 ejemplares, sin perjuicio de las normas específicas que se establecen en este mismo artículo para determinadas masas de agua.
b) Río Eo compartido: dimensión mínima de 25 cm y cupo de 8 truchas o reos por persona y jornada.
c) Normas específicas en masas de agua del anexo VI: dimensión mínima 21 cm y cupo de 4 ejemplares por persona y jornada.
d) Normas específicas en toda la masa de agua de los embalses de los anexos VII y VIII: dimensión mínima 23 cm y cupo de 3 ejemplares por persona y jornada.
e) Normas específicas en los cotos de pesca: en el anexo XI se recogen las dimensiones mínimas y los cupos de captura específicas de cada coto de pesca.
f) En una masa de agua concreta no se podrá estar en posesión de truchas de menor tamaño que el autorizado, incluso cuando hubieran sido pescadas en otro lugar, excepto en caso de que se esté de paso, con todos los aparejos y cebos recogidos y, en su caso, las cañas plegadas.
g) En los ríos en los que haya trucha y reo sólo se podrá capturar un número de piezas igual al del cupo de la trucha, sin que el número de reos supere su propio cupo.
Nada nuevo en el reino de Xuntaifas bajada de cupos y poco mas para la temporada que esta a empezar en este nuestro pais.
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2019/20190206/AnuncioG0532-290119-0001_es.html
En resumen.
SALMON: TALLAS>>40cms y en el Eo 45cms
DIAS>>a) Cotos de A Pontenova (lotes 1, 2 y 3), Betanzos, Celeiro, A Frieira, Pontevea, Salmeán, Santeles, Sinde y Ximonde: del 1 de mayo al 31 de julio. Podrá adelantarse el final de la temporada en función de los cupos de captura que se establecen más adelante. En los cotos del río Ulla antes señalados, después del final de la temporada de salmón únicamente se expedirán permisos de pesca sin muerte.
b) Coto de Monteporreiro: del 1 de mayo al 30 de junio. Finalizada la temporada de salmón no se expedirá ningún otro tipo de permisos.
c) Cotos del río Eo compartidos con Asturias (lotes 4 y 5 de A Pontenova, lotes 2 y 3 de San Tirso y lotes 4 a 9 de Abres; en lo sucesivo, río Eo compartido): del 1 de mayo al 15 de julio.
CUPOS>> 1 POR PESCADOR/DIA
5 ejemplares en el río Lérez,
5 en el río Mandeo,
15 en el río Masma,
8 en el río Miño,
10 en el coto de Salmeán
50 en el río Ulla.
REO: TALLAS>> 35cms en el Eo 25cms
DIAS>> a) Cotos de Betanzos, Celeiro (lotes 2 y 3), Noia, Noval, Ombre, Padrón, Ponte Arnelas, A Ponte do Porto, Ribeiras, Segade, Traba, Viveiro (lotes 2 y 3) y Xuvia: del 1 de mayo al 30 de septiembre. En el coto de Ponte Arnelas, a partir del 31 de agosto únicamente se expedirán permisos de pesca sin muerte.
b) Coto de Lambre: del 1 de mayo al 15 de septiembre.
c) Río Eo compartido: del 19 de mayo al 15 de agosto.
d) Zonas de desembocadura no se autoriza la captura del reo.
e) Otras masas de agua: del 1 de mayo al 31 de julio
CUPO>> 2 POR PESCADOR /DIA
En el río Eo compartido, la dimensión mínima es de 25 cm y el cupo de captura es de 8 reos o truchas por persona y jornada.
TRUCHA:
DIAS>> a) Masas de agua salmoneras del anexo III de esta orden, excepto río Eo compartido: del 1 de mayo al 31 de julio.
b) Río Eo compartido: del 19 de mayo al 15 de agosto.
c) Masas de agua de reo del anexo IV de esta orden: del 1 de mayo al 31 de julio.
d) Cabeceras de los ríos de montaña del anexo V de esta orden: del 1 de mayo al 31 de julio.
e) Cotos de pesca intensiva: del 17 de marzo al 30 de septiembre.
f) Otras masas de agua: del 17 de marzo al 31 de julio.
g) Zonas de desembocadura (anexo del Decreto 282/2002): no se autoriza la captura de la trucha común.
h) En los cotos con convenio con una entidad colaboradora, se prolongará la temporada de pesca hasta el 30 de septiembre en la modalidad de pesca sin muerte en los términos recogidos en el artículo 16 de esta orden.
CUPO Y TALLAS>>
a) A los efectos de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de pesca fluvial y en el 71 de su reglamento, se fija una dimensión mínima de 19 cm con carácter general, sin perjuicio de las normas específicas que se establecen en este mismo artículo para determinadas masas de agua.
Cupo máximo de captura por persona y jornada: 6 ejemplares, sin perjuicio de las normas específicas que se establecen en este mismo artículo para determinadas masas de agua.
b) Río Eo compartido: dimensión mínima de 25 cm y cupo de 8 truchas o reos por persona y jornada.
c) Normas específicas en masas de agua del anexo VI: dimensión mínima 21 cm y cupo de 4 ejemplares por persona y jornada.
d) Normas específicas en toda la masa de agua de los embalses de los anexos VII y VIII: dimensión mínima 23 cm y cupo de 3 ejemplares por persona y jornada.
e) Normas específicas en los cotos de pesca: en el anexo XI se recogen las dimensiones mínimas y los cupos de captura específicas de cada coto de pesca.
f) En una masa de agua concreta no se podrá estar en posesión de truchas de menor tamaño que el autorizado, incluso cuando hubieran sido pescadas en otro lugar, excepto en caso de que se esté de paso, con todos los aparejos y cebos recogidos y, en su caso, las cañas plegadas.
g) En los ríos en los que haya trucha y reo sólo se podrá capturar un número de piezas igual al del cupo de la trucha, sin que el número de reos supere su propio cupo.
Nada nuevo en el reino de Xuntaifas bajada de cupos y poco mas para la temporada que esta a empezar en este nuestro pais.
viernes, 18 de enero de 2019
Se avecinan cambios en la pesca fluvial. Porque no una licencia solo para la pesca sin muerte.
Estos días se han publicado algunos artículos sobre la ampliación de zonas de pesca sin muerte, cotos, cupos y demás familia en los ríos gallegos.
La Xunta estudiará reducir los cupos y aumentar la pesca sin muerte. 21-12-2018
https://www.lavozdegalicia.es/noticia/deportes/2018/12/11/xunta-estu-diara-reducir-cupos-aumentar-pesca-muerte/00031544563056836666780.htm
La pesca de las truchas con muerte podría prohibirse fuera de los cotos. 17-01-2019
https://www.lavozdegalicia.es/noticia/lugo/meira/2019/01/17/pesca-truchas-muerte-prohibirse-fuera-cotos/0003_201901M17C3991.htm
Por mi parte aplaudo todo lo que se haga para mejorar la población de salmónidos en nuestros ríos, porque vedar no es la solución sacar los pescadores del río les da manga ancha a los furtivo que campan a sus anchas con todo el río para ellos sin que nadie los vea ni los vigile.
pero también no estoy de acuerdo con que solo se puedan sacar salmónidos solo en los tramos acotados, con eso dejan ver que si pagas puedes sacar salmónidos del río, con esa misma idea soy mas partidario de que hagan dos licencias, una solo para pesca sin muerte muchos mas económica.
y otra para pesca tradicional o con muerte, incluso una especie de bridas/precintos para poner en las agallas y que tengas que pagar por unidad para el que quiera llevar salmónidos para casa y al que pillen sin una pieza sin precinto que le caiga una sanción ejemplar.
A parte me gustaría ver mas guardería y mas informada (de la ley de vedas o normativa publicada el DOG, porque alguno no tiene ni puta idea de lo que pone ni como aplicarla con criterio) por los ríos y no solo las cuatro semanas de costumbre, dos en el inicio de temporada en marzo y las dos primeras de mayo cuando abre la veda de reo y salmón, el resto de temporada en muchos ríos o cotos ni se la ve ni se les espera.
Llevo muchos años pescando sin muerte en los ríos de Galicia y Asturias y lo hago por convicción no por obligación y una licencia solo para poder praticar la pesca de captura y suelta seria un gran acierto.
La Xunta estudiará reducir los cupos y aumentar la pesca sin muerte. 21-12-2018
https://www.lavozdegalicia.es/noticia/deportes/2018/12/11/xunta-estu-diara-reducir-cupos-aumentar-pesca-muerte/00031544563056836666780.htm
La pesca de las truchas con muerte podría prohibirse fuera de los cotos. 17-01-2019
https://www.lavozdegalicia.es/noticia/lugo/meira/2019/01/17/pesca-truchas-muerte-prohibirse-fuera-cotos/0003_201901M17C3991.htm
Por mi parte aplaudo todo lo que se haga para mejorar la población de salmónidos en nuestros ríos, porque vedar no es la solución sacar los pescadores del río les da manga ancha a los furtivo que campan a sus anchas con todo el río para ellos sin que nadie los vea ni los vigile.
pero también no estoy de acuerdo con que solo se puedan sacar salmónidos solo en los tramos acotados, con eso dejan ver que si pagas puedes sacar salmónidos del río, con esa misma idea soy mas partidario de que hagan dos licencias, una solo para pesca sin muerte muchos mas económica.
y otra para pesca tradicional o con muerte, incluso una especie de bridas/precintos para poner en las agallas y que tengas que pagar por unidad para el que quiera llevar salmónidos para casa y al que pillen sin una pieza sin precinto que le caiga una sanción ejemplar.
A parte me gustaría ver mas guardería y mas informada (de la ley de vedas o normativa publicada el DOG, porque alguno no tiene ni puta idea de lo que pone ni como aplicarla con criterio) por los ríos y no solo las cuatro semanas de costumbre, dos en el inicio de temporada en marzo y las dos primeras de mayo cuando abre la veda de reo y salmón, el resto de temporada en muchos ríos o cotos ni se la ve ni se les espera.
Llevo muchos años pescando sin muerte en los ríos de Galicia y Asturias y lo hago por convicción no por obligación y una licencia solo para poder praticar la pesca de captura y suelta seria un gran acierto.
jueves, 1 de noviembre de 2018
domingo, 21 de octubre de 2018
Resultado para los cotos de Asturias 2019.
Trucha: 482 de 1545 solicitudes.
Salmón: 870 de 1740 solicitudes.
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